Cliff Gilley tiene toda la razón en que esta pregunta específica se relaciona con los derechos de propiedad (acceso a copias físicas de libros) en lugar de los derechos de propiedad intelectual (Ley de derechos de autor). No importa si el libro en sí es de dominio público . Del mismo modo, un museo que exhiba una pintura renacentista de 500 años de antigüedad puede prohibir legalmente la fotografía con flash, o toda fotografía, o incluso, um, prohibir el acceso por completo a menos que los clientes paguen un boleto primero (!), Mientras que la imagen en sí está claramente en el Dominio publico.
Para mí, la pregunta más interesante es si es razonable que los bibliotecarios se opongan o cuestionen la fotocopia, porque los problemas de derechos de autor se extienden mucho más allá del dominio público. El uso justo es el problema principal con obras que están bajo copyright. Copiar capítulos o extractos de muchas fuentes para fines de investigación y escritura académica es un uso justo clásico bajo la ley de derechos de autor de los Estados Unidos. En mi opinión, es improductivo e inapropiado que los bibliotecarios actúen como policías de derechos de autor. La doctrina del uso justo implica la aplicación de una prueba altamente subjetiva de cuatro partes en la que incluso los jueces federales comúnmente no están de acuerdo. (Ver http://fairuse.stanford.edu.)
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