¿Cuál es la pendiente buena máxima para una rampa peatonal pública?

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA) brinda las siguientes pautas para que las personas en silla de ruedas puedan acceder a una rampa:

La pendiente máxima absoluta que recomienda la ADA es 1:12 (aumentando una pulgada por cada pie en distancia horizontal). Esto es aproximadamente 4,76 grados. Sin embargo, muchas personas en sillas de ruedas no pueden manejar esta pendiente a larga distancia.

En cambio, la pendiente recomendada es de una pulgada verticalmente por cada 16 pulgadas horizontalmente, o aproximadamente 3.58 grados . Esta pendiente es fácilmente manejable tanto por las personas que caminan como por la mayoría de los usuarios de sillas de ruedas, por lo que creo que es la mejor pendiente máxima.

La ADA también requiere que ninguna rampa aumente más de 30 pulgadas.

Fuente: http://www.mobility-advisor.com/…

Otras respuestas citan la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, o ADA, que son las pautas legales para el acceso público en los Estados Unidos. La realidad es que las pendientes pueden tener que ajustarse a las condiciones existentes, y donde la ley de los EE. UU. No es aplicable, aún es necesario que la rampa peatonal sea útil para la mayor cantidad de personas posible.

También se indica en las otras respuestas que es preferible una pendiente del 5%, ya que las pendientes largas pueden ser extenuantes para las personas con discapacidades físicas. Esta es una gran sugerencia. Algunas otras cosas que podrían considerarse son la distancia de cada sección inclinada. Con una pendiente del 8%, ADA requiere una distancia máxima de desplazamiento inclinada de 30 pies o menos, con una sección de nivel mínimo de 5 pies para descansar. Si el grado con el que está tratando lo permite, esta es otra consideración de diseño beneficiosa.

Más ideas sobre el tema: evite las pendientes cruzadas (de izquierda a derecha o de derecha a izquierda) si es posible, ya que esto puede hacer que atravesar la pendiente sea más difícil, especialmente para dispositivos de movilidad que pueden derivar. ADA tiene límites en pendiente transversal, menos del 8% de pendiente de actualización, algo así como 1.5 a 2%.

Asegúrese de que la superficie tenga tracción, incluso en climas húmedos. Para superficies pavimentadas, una superficie escobada o agregada proporcionará una mejor base / tracción para los viajeros, para superficies de suelo, puede ser preferible la grava lisa o estera sintética, ya que el suelo puede volverse fangoso o resbaladizo cuando está mojado. También puede ser útil diseñar rampas inclinadas con una corona o suficiente pendiente transversal para alentar el drenaje sin crear demasiada pendiente.

Para cualquier rampa o camino peatonal inclinado, mantenerlo limpio puede ser una consideración de seguridad importante. Las hojas, los escombros o las piedras sueltas también pueden contribuir a accidentes, como lo harían los objetos afilados como rocas en la superficie. No hay mucho que ofrecer, ¡las respuestas anteriores fueron geniales!

Una rampa provista en cualquier ubicación, para una entidad que es responsable de seguir ADA tiene los mismos requisitos de pendiente de carrera. Una ruta de acceso se considera una rampa cuando la pendiente supera el 5%. Una rampa está dentro de los requisitos de la ADA siempre que la rampa mantenga una pendiente de funcionamiento del 5% al ​​8,33% como máximo. También hay requisitos de pasamanos para una rampa que se proporcionará tan pronto como la rampa llegue a más del 5% (también hay excepciones a esto).

Como se indicó anteriormente, los requisitos establecen que el aumento para cualquier rampa será de 30 pulgadas como máximo. También se requieren aterrizajes con diferentes requisitos de pendiente, en la parte superior e inferior. También como se indicó, 8.33% es una pendiente difícil para una persona que usa un dispositivo de movilidad para navegar largas distancias, por lo tanto, se recomienda mantener una pendiente para una rampa lo más cercana posible al 5%. Aquí está la cita ADA real. http://access-board.gov/ada-aba/

Una consecuencia interesante de esta legislación es la cuestión de los pasamanos, razón por la cual encontrará la mayoría de los aterrizajes en las puertas o puntos de acceso a los basureros y escenarios similares son generalmente de 29.5 pulgadas de altura o menos. Los pasamanos son un gasto adicional en la construcción. En muchos lugares, una rampa larga también requiere un bordillo para evitar que una silla de ruedas se salga del borde. No tenía la intención de secuestrar esta publicación, solo ofrecía información adicional provocada por la pregunta.