La Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA) brinda las siguientes pautas para que las personas en silla de ruedas puedan acceder a una rampa:
La pendiente máxima absoluta que recomienda la ADA es 1:12 (aumentando una pulgada por cada pie en distancia horizontal). Esto es aproximadamente 4,76 grados. Sin embargo, muchas personas en sillas de ruedas no pueden manejar esta pendiente a larga distancia.
En cambio, la pendiente recomendada es de una pulgada verticalmente por cada 16 pulgadas horizontalmente, o aproximadamente 3.58 grados . Esta pendiente es fácilmente manejable tanto por las personas que caminan como por la mayoría de los usuarios de sillas de ruedas, por lo que creo que es la mejor pendiente máxima.
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La ADA también requiere que ninguna rampa aumente más de 30 pulgadas.
Fuente: http://www.mobility-advisor.com/…